Desde Legal divorcio Sevilla ayudamos a nuestros clientes a determinar su postura ante los extremos que han de coincidir para acceder a la separación.

- Por un lado, la separación de mutuo acuerdo.
- Y por otro, la separación contenciosa.
En la separación de mutuo acuerdo debe existir consenso entre las partes implicadas sobre la decisión de separarse y los efectos que se derivarán como consecuencia de dicha opción. Por eso, desde LEGAL DIVORCIO, tratamos de ayudar a nuestros clientes a determinar su postura ante los extremos respecto a los que han de coincidir para poder acceder a la separación de mutuo acuerdo, y evitar así el proceso contencioso.
Dichos extremos, a los que acabamos de hacer alusión, no son otros que las decisiones que han de tomar los cónyuges, que se reducen a las siguientes: determinación de la guarda y custodia de los hijos sujetos a patria potestad y régimen de visitas para el progenitor que no resida con ellos, contribución en concepto de alimentos de este último, reparto y atribución del uso de la vivienda y otros bienes, liquidación del régimen económico matrimonial y pensión compensatoria, en su caso.
En este tipo de supuestos, también será necesario acompañar a la demanda de propuesta de Convenio Regulador, debiendo ponerse de manifiesto en éste, el acuerdo de los cónyuges sobre los aspectos citados antes, para que posteriormente el juez, con el objetivo de observar que dicho acuerdo responde a la libre y verdadera voluntad de los esposos, les requiera para la ratificación del mismo.
Eso sí, en el caso de que no se produzca dicha ratificación por parte de los cónyuges, el procedimiento se archivará, siendo recomendable en tal caso, iniciar un procedimiento contencioso.