Divorcio mediante poder

¿En qué consiste el divorcio mediante apoderamiento?
El divorcio por poderes puede ser una opción muy útil en aquellos divorcios o separaciones de mutuo acuerdo en los que uno de los cónyuges reside en el extranjero. En estos casos, dado que el cónyuge que se encuentra en el extranjero no puede estar físicamente en el juzgado, una tercera persona debidamente apoderada por éste se ratificará por él.
Dicho esto, es preciso seguir unos pasos muy concretos si no quiere que el juez inadmita su petición de divorcio.
- Nuestros abogados expertos en divorcios redactarán un Convenio Regulador en base a los pactos que los esposos hayan alcanzado.
- Dicho Convenio deberá ser firmado por ambos cónyuges.
- El cónyuge que se encuentra en el extranjero acudirá al Consulado español que tenga más cercano con un ejemplar firmado del Convenio Regulador para otorgar poder a favor de uno de nuestros Procuradores, que será la persona que acuda al Juzgado a firmar en representación de dicho cónyuge. Nuestros abogados redactarán una “minuta de poder” con todos los detalles de dicho poder para que tan sólo tengan que ir al Consulado a elevarlo.
- Es por ello fundamental que un ejemplar del Convenio Regulador se incluya en el referido poder y unido a la misma matriz.
El resto del procedimiento es simple: nos remiten el Convenio Regulador y el poder consular, se interpone la demanda y el día de la ratificación en lugar del cónyuge ausente acudirá el procurador apoderado.
Si necesitas un abogado de divorcios en Sevilla estamos a su entera disposición. También trabajamos en Málaga y Granada.