¿QUÉ PASA CON MI MASCOTA SI ME DIVORCIO? ABOGADO EN SEVILLA
Hasta hace unos años los derechos de los animales en España estaban poco desarrollados y, en consecuencia, no eran tenidos en cuenta si dos personas decidían divorciarse. La legislación de nuestro país, que configuraba a los animales como propiedades, se basa en el artículo 333 del Código Civil. Según este artículo las mascotas pueden ser reclamadas en concepto de propiedad por cualquiera de los miembros, o bien, que se comparta entre ambos.
Existe una excepción, y es el hecho de que el animal perteneciera a uno de los miembros antes de celebrarse el matrimonio. En ese caso el otro no podrá reclamarlo.
Entonces, ¿cómo hago para pedir la custodia de mi mascota?
Como hemos indicado si el animal ya pertenecía a uno de los miembros antes de casarse, le corresponderá a él de forma exclusiva. Si por el contrario la mascota fue comprada durante el transcurso del matrimonio, usted podrá proponer:
-Custodia compartida. Esto significa que el animal seguirá dependiendo de ambos miembros, ya que los dos tendrán derechos sobre él.
-Custodia exclusiva. En este caso el cuidado del animal recaerá en solo un miembro. Por ese motivo, es posible que dicho miembro tenga que indemnizar al otro.
Cuando dos personas estaban casadas en régimen de separación de bienes esto puede ser algo más complicado, ya que la mascota pertenecerá exclusivamente a quien la haya comprado, si puede demostrarlo (por ejemplo, con la cartilla sanitaria del animal, etc).
En cualquiera de los dos casos recomendamos consultar primero con un abogado. Estos casos son cada vez más frecuentes en nuestro día a día, dada la importancia que tienen las mascotas en nuestra vida. Ya existen varias Sentencias de personas que han reclamado la custodia de su mascota tras un divorcio. Si es su caso, no dude en ponerse en contacto con nosotros. Nos encargaremos de ayudarle.
Existe una excepción, y es el hecho de que el animal perteneciera a uno de los miembros antes de celebrarse el matrimonio. En ese caso el otro no podrá reclamarlo.
Entonces, ¿cómo hago para pedir la custodia de mi mascota?
Como hemos indicado si el animal ya pertenecía a uno de los miembros antes de casarse, le corresponderá a él de forma exclusiva. Si por el contrario la mascota fue comprada durante el transcurso del matrimonio, usted podrá proponer:
-Custodia compartida. Esto significa que el animal seguirá dependiendo de ambos miembros, ya que los dos tendrán derechos sobre él.
-Custodia exclusiva. En este caso el cuidado del animal recaerá en solo un miembro. Por ese motivo, es posible que dicho miembro tenga que indemnizar al otro.
Cuando dos personas estaban casadas en régimen de separación de bienes esto puede ser algo más complicado, ya que la mascota pertenecerá exclusivamente a quien la haya comprado, si puede demostrarlo (por ejemplo, con la cartilla sanitaria del animal, etc).
En cualquiera de los dos casos recomendamos consultar primero con un abogado. Estos casos son cada vez más frecuentes en nuestro día a día, dada la importancia que tienen las mascotas en nuestra vida. Ya existen varias Sentencias de personas que han reclamado la custodia de su mascota tras un divorcio. Si es su caso, no dude en ponerse en contacto con nosotros. Nos encargaremos de ayudarle.