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Lo primero en este tipo de divorcios es que los cónyuges tengan claro lo que quieren hacer con los bienes en común. Pueden decidirse cuestiones tan variadas como quién hará uso de dichos bienes, sin modificar la propiedad, o bien adjudicando la propiedad de los bienes a título individual liquidando el régimen económico matrimonial en el propio Convenio Regulador.
También cabe la posibilidad de que el matrimonio se rija por un régimen de separación de bienes, en cuyo caso los bienes ya son propiedad de cada uno de los cónyuges por separado, por lo que en la mayoría de los casos no será necesario efectuar la liquidación.
La pregunta es: ¿Cuánto nos va a costar?
200€ a cada cónyuge.
Además, respecto al régimen económico de gananciales, resulta interesante poner de manifiesto que aunque es necesario liquidar dicho régimen, nosotros generalmente posponemos la liquidación, con la intención de acelerar la disolución del matrimonio y poder estudiar posteriormente con más detalle determinados acuerdos.